miércoles, 14 de enero de 2015

El Testamento y la Herencia


La herencia son los bienes muebles e inmuebles que deja una persona al fallecer, los puede dejar con testamento o intestados.

Cabe señalar que si hizo una compraventa o sesión de derechos antes de fallecer, esto no entra en la herencia o masa hereditaria como se conoce, aun cuando lo haya testado.

En el caso de la compraventa si al momento de fallecido el dueño no se ha pagado en su
totalidad, se les tendrán que pagar a los herederos, pero si estos consideran que el precio o el trato no es justo, pueden contratar a un abogado para que los ayude a demandar, aunque muchas de la veces es innecesario ya que muy pocas veces se gana un juicio de este tipo, ya que el criterio de los jueces es respetar la última voluntad del fallecido en cualquier expresión que este haya hecho su voluntad; ya en el caso de sesión de derechos no hay nada que hacer. En ambos casos se respeta más cuando se hizo el acto jurídico ante un notario público.

Todo lo que comento es basado en la legislación de México, ya que si es de otro país, lo más recomendable es acudir con un abogado.

Ahora para las personas que deseen testar, mediante el acto unilateral del testamento se tiene que realizar ante notario público, lo cual garantiza su legalidad y que sea respetada su última voluntad, ya que si bien se puede impugnar el testamento, el hecho de haber acudido con un notario lo hace inimpugnable.

Aunque la ley permite otros tipos de testamento, por urgencia o localización de un notario, no tiene la misma validez que si hace ante uno, por lo que siempre es recomendable acudir con tiempo ante el notario para hacer el testamento, que quede claro, que esto no implica que uno desee morirse o que vaya a fallecer, si no garantizar su última voluntad, ya que desde que uno es mayor de edad y tiene bienes o derechos hereditarios puede testar, a esto último me refiero a que puede dejar especificado a quien dejarle sus bienes que en un futuro puedan ser para el o ella, por ejemplo que seas hijo único y aunque sus padres no hayan fallecido es tu deseo dejarle tu herencia a un sobrino, primo, etc.

También cabe señalar que si se tienen hijos, puedes dejarle toda la herencia a uno o varios, sin que sean todos, pero también si estas casado legalmente o vives en concubinato solo se tomara en cuanta la mitad de bienes que tengas ya que la otra mitad será de tu pareja y esta a su vez pude testar sobre su parte de la masa hereditaria, aun si no están a su nombre.

Cuando hay testamento de por medio y no se impugne, se puede demandar la sucesión testamentaria, contratando a un abogado que los asesore y lo demande.

En el caso que el testador no haya testado, o se impugne el testamento, se tendrá que dividir los bines en sus herederos, pese a la creencia popular, todos son herederos por igual, regularmente los esposos y concubinos les corresponde la mitad de los bienes, en el caso de los concubinos requieren comprobar esta calidad ante el juez competente, y la otra mitad entre los hijos, cabe señalar que las herencias no entran en la división de bienes de un divorcio, por lo que solo los herederos directos pueden seguir la sucesión hereditaria.

En el caso de que solo sobrevivan los hijos, estos por parte igual se tienen que dividir los bienes, no tiene nada que ver si es mayor o menor o tiene menos o mayor necesidad o capacidad, se reparte por igual, así mismo si uno o más de los hijos han fallecido, sus hijos son herederos, si son menores de edad el padre o madre serán sus representantes legales, ojo, no son lo que se queda con la herencia si no quienes representan a los herederos y en caso de necesitar ocupar la herencia tendrán que demandarlo por aparte contratando a un abogado y que un juez les de la autorización correspondiente.

Cabe señalar como en todas mis entradas que este no es un estudio ni ensayo sobre las herencias y cualquier duda contraten a un abogado de su localidad para que los asesore, así mismo nos ponemos a su servicio para asesoría en los contactos de abajo.

Gracias por leerme, dudas, opiniones comentarios o asesorías por este medio, los lincks o correo electrónico, adreal3@yahoo.com.mx, zatquiel25@yahoo.com.mx y lic.casillas.df@hotmail.com. Página en Facebook:  CAy Asociados facebook

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